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SÍ, PODREMOS NAVEGAR A PARTIR DEL LUNES 11 DE MAYO

Publicado por Nautimedia el 10 de mayo del 2020
SÍGUENOS EN LOS PERFILES SOCIALES Y RECIBE LAS ACTUALIZACIONES DE "PASSIO PER LA MAR" “Queridos Reyes magos, durante este confinamiento hemos sido buenos, por eso…”

Navegantes y apasionados del mar, nuestra carta a los reyes ha sido escuchada y a partir del lunes 11 de mayo… ¡Vamos a poder salir a navegar!

Así será, ya que a partir del lunes 11 de mayo, comienza la desescalada para la navegación de recreo, en aquellas CCAA que pasen a la fase I, de forma gradual y de acuerdo con las limitaciones previstas en cada una de las fases del Plan de Transición hacia la Nueva Normalidad (PTNN) firmada por el Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos, y que ya está publicada en el BOE la Orden TMA/400/2020 a la que hacemos referencia.


El criterio del Gobierno ha cambiado y según el Artículo 7 de esta nueva Orden dada por el Ministerio si permitirá ahora realizar navegación de recreo una vez nuestra comunidad esté en “Fase I” de la famosa desescalada, cosa que sucederá el lunes 11 de mayo a las 00h.

[caption id="attachment_16276" align="alignleft" width="371"] El ministro José Luis Ábalos en la clausura del Congreso de Anen, una semana antes de que el Gobierno decretase el Estado de Alarma. (Foto: Carlos Hellín)[/caption]

De acuerdo con esta nueva Orden Ministerial, cabe destacar, entre otras, las siguientes exigencias para practicar la navegación de recreo en cada fase:

En los territorios en los que, en aplicación del Plan para la desescalada, se mantengan en FASE 0 o de preparación para la desescalada no se podrá navegar por ocio, salvo que se haga deportivamente en embarcaciones (tales como embarcaciones a vela o a remo,  entre otros), de forma individual (deporte profesional y federado y deporte no profesional), como una actividad física. La persona que lleve a cabo esta actividad ha de residir en el mismo municipio donde se encuentre la embarcación o aeronave y la navegación se efectuará por aguas litorales de dicho municipio o entre puertos o puntos del litoral de dicho municipio o entre islas no habitadas próximas.

FASE I (aplica a aquellas CCAA que superen la fase 0 incluyendo las Islas Baleares y Canarias): además de las actividades permitidas en fase 0, ya se podrá practicar la “navegación de recreo”, por las personas que tengan su domicilio en la misma provincia, isla o ciudad autónoma en que esté amarrada su embarcación. Las motos náuticas y las embarcaciones o buques de recreo no podrán alejarse más de 12 millas del puerto o instalación de amarre desde el que comiencen la navegación. La ocupación a bordo no podrá superar el 50% de las personas autorizadas en los certificados de la embarcación, salvo que se traten de personas que conviven en el mismo domicilio en que se podrá alcanzar el 100%. En cualquiera de los casos no podrá exceder el número de 10 personas abordo. En las islas Baleares se permitirá la navegación con buques y embarcaciones utilizadas con finalidad recreativa o deportiva por sus propietarios o las personas autorizadas por estos.

Se amplía la permisividad de las visitas individuales a las embarcaciones, por parte de los propietarios, o las personas autorizadas por estos para comprobaciones de seguridad y mantenimiento, a toda la provincia o isla donde resida el propietario o autorizado y se encuentre amarrada la embarcación.

Excepto en Baleares, se permite el chárter náutico (alquiler) de motos náuticas y embarcaciones de recreo, por usuarios que residan en la misma provincia, isla o ciudad autónoma en la que se encuentre la empresa de alquiler, con las limitaciones de ocupación que rigen para la navegación privativa en esta fase.

La Orden Ministerial especifica que en todas las fases deberán respetarse las limitaciones de tipo personal previstas en cada una y adoptarse medidas de desinfección y refuerzo de normas de salud e higiene en las embarcaciones.

Para el cumplimiento de las medidas de seguridad, higiene y prevención durante la práctica de las actividades náuticas, el sector náutico ha elaborado un PROTOCOLO propio, que forma parte de los protocolos acordados con el ICTE (Instituto para la Calidad Turística Española) para el sector turístico, a instancia de la Secretaría de Estado de Turismo. La náutica de recreo se plantea así como una de las opciones más seguras para disfrutar del ocio durante la pandemia e impulsar el turismo durante este verano.

Desde Passió per la Mar queremos agradecer el sacrificio y esfuerzo que han realizado todas y cada una de las distintas asociaciones y entidades que han trabajado sin descanso para que las autoridades escuchasen un mensaje claro y común de todos los navegantes para poder comenzar de verdad a saborear nuestra "nueva normalidad"

ANEN, AENIB, ADN mediterráneo, BMC, ANAVRE, ANADE, ACN, CEACNA, AEGY ... ¡Muchísimas gracias!

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