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Sale a concurso la gestión de amarres para embarcaciones de alquiler en el muelle de la Lonja

Sale a concurso la gestión de amarres para embarcaciones de alquiler en el muelle de la Lonja

08 de junio del 2023 por Agencias

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares (APB) ha aprobado los pliegos de bases y de cláusulas que han de regir el concurso público para la gestión de puestos de amarre para embarcaciones de alquiler (chárter) en el muelle de la Lonja del puerto de Palma, que incorpora importantes medidas ambientales de obligado cumplimiento.

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El objeto de este concurso es la elección de la solución más ventajosa para el otorgamiento de una concesión administrativa para la gestión y explotación de puestos de amarre para embarcaciones de alquiler con una ocupación en superficie total de 18.288,60 metros cuadrados de zona de dominio de público portuario. De estos, 16.721,9 metros cuadrados se corresponden con espejo de agua y 1.566,6 metros cuadrados en tierra. Incluye dos pantalanes fijos, los trenes de fondeo, los elementos de amarre –bolardos— y las torretas de servicio actualmente existentes.

Los pliegos recogen importantes mejoras ambientales que el licitador deberá cumplir, como la obligada retirada selectiva de la basura mediante la colocación de los contenedores necesarios (punto limpio). Dichos contenedores deberán estar monitorizados y deberán reportar a la APB el peso a través de una API. Con estos datos, el titular entregará a la APB semestralmente información relativa al cumplimiento de la retirada de los diferentes residuos.

En cuanto al proyecto básico que deben entregar los licitadores, debe ser diseñado para minimizar los posibles efectos ambientales negativos desde el inicio de su concepción, incluyendo selección de materiales, optimización de la eficiencia energética y los recursos, la gestión de residuos, el control de emisiones o la gestión sostenible. En este sentido, y en el caso de que se propongan intervenciones que requieran de obras de construcción o demolición deberá contemplarse la obtención de una certificación sostenible que contemple todo el ciclo de la obra, que se realizará con materiales de bajo impacto. Además, se deberá reciclar mínimo el 70% de los residuos de construcción y demolición.

Por otra parte, se deberá proponer la colocación, en varias zonas, de materiales que faciliten el desarrollo de comunidades marinas y la mejora de la biodiversidad, como por ejemplo planchas de regeneración de paramento para incentivar el crecimiento de flora y fauna en la zona de explotación.

Se valorará también la propuesta de instalación de sistemas que minimicen el consumo de agua, como la instalación de difusores-obturadores automáticos en finales de mangueras para la limpieza de embarcaciones y también los de captación, acumulación y/o generación de agua dulce (mini-desaladoras, acumuladores de agua de lluvia…) que permitan reducir el consumo de agua.

Será preceptivo también el estudio de iluminación de la instalación, con propuestas, en su caso, de intervención, de modo que se iluminen adecuada y suficientemente todas las zonas de la instalación, empleando tecnologías que optimicen el consumo energético.

Se instalarán siempre que exista la posibilidad en las pérgolas de los aparcamientos paneles solares para la producción de energía renovable para su consumo en la propia concesión, y se garantizará un número suficiente de conectores para embarcaciones eléctricas.

Las instalaciones objeto del presente concurso tan solo prestarán servicio a las embarcaciones españolas de la lista 6ª, conforme se define en el Real Decreto 1027/1989, de 28 de julio, sobre abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimo, y a las embarcaciones extranjeras que en el documento de registro figuren como “yate comercial”, es decir, en cualquier caso a las embarcaciones chárter o de alquiler, no pudiendo prestarse el servicio a ninguna otra embarcación de diferente registro.

El tiempo máximo de duración de la concesión, en atención a las necesidades de inversión, será de diez años. La cuantía anual de la tasa de ocupación será de 269.339,53 euros. La tasa de actividad, conforme a los artículos 187 y 188 de la Ley de Puertos del Estado, será del 4% del volumen de negocio.

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