El Gobierno ha puesto fin al alquiler de embarcaciones de recreo sin titulación náutica. A partir de la entrada en vigor del Real Decreto 1188/2025, de 26 de diciembre, publicado en el Boletín Oficial del Estado, será obligatorio disponer de la licencia correspondiente para alquilar cualquier embarcación de recreo, incluso aquellas de pequeñas dimensiones que hasta ahora estaban exentas.
¿TE HA GUSTADO ESTE CONTENIDO? PUES... ¡TIENES TODOS NUESTROS PROGRAMAS COMPLETOS AQUÍ!A partir del 1 de octubre de este 2026, la nueva obligación será plenamente exigible en todo el territorio nacional, estableciéndose un periodo transitorio para que empresas de alquiler y usuarios puedan adaptarse a la normativa, tras el cual el incumplimiento podrá ser sancionado conforme a la legislación vigente en materia de seguridad marítima.
La medida modifica el Real Decreto 875/2014, que regulaba las titulaciones náuticas de recreo, y elimina la excepción que permitía gobernar embarcaciones a motor de hasta 5 metros de eslora y 15 CV de potencia sin necesidad de título cuando se trataba de alquiler.
Según el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, el cambio responde al elevado número de incidentes y accidentes registrados en embarcaciones alquiladas por personas sin formación náutica, especialmente en zonas turísticas y durante la temporada estival. El objetivo es reforzar la seguridad de la navegación y la protección de la vida humana en el mar.
De este modo, cualquier persona que alquile una embarcación deberá acreditar la titulación náutica exigida en función de las características del barco, equiparándose así el alquiler a las exigencias ya existentes para otras actividades náuticas. La norma afecta tanto a empresas de chárter como a usuarios, que deberán cumplir con los requisitos legales antes de hacerse a la mar.
Asimismo, el nuevo marco normativo tiene el objetivo de dotar de mayor seguridad jurídica al sector náutico, homogeneizando criterios y evitando interpretaciones ambiguas que hasta ahora permitían el alquiler sin formación previa. Se trata de una medida proporcionada, orientada a la prevención y al uso responsable de las embarcaciones de recreo.
Con esta reforma, España da un paso más en el control y la seguridad de la navegación recreativa y en la profesionalización del sector, alineándose con los principios de seguridad marítima que rigen en el conjunto de la Unión Europea.