El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ya ha resuelto sobre la petición de suspensión cautelar del Decreto 44/2025 que regula el chárter náutico en las Islas.
¿TE HA GUSTADO ESTE CONTENIDO? PUES... ¡TIENES TODOS NUESTROS PROGRAMAS COMPLETOS AQUÍ!La Asociación de PYMES de Actividades Náuticas (APANIB) había solicitado que se dejara en “stand by” la norma mientras se tramitaba el recurso, alegando que generaba pérdidas económicas, cancelaciones de reservas y perjuicios graves para el sector.
La Fiscalía, como ya se publicó, no se oponía a la suspensión por entender que podían verse afectados derechos fundamentales. Sin embargo, la Sala ha denegado la medida porque considera que los perjuicios alegados no están acreditados y, en todo caso, son de carácter económico y por tanto reparables. El tribunal también subraya que prevalece el interés general en mantener la vigencia de la norma y que las cuestiones de fondo deberán resolverse en sentencia, no en esta fase cautelar.
En resumen, pese al informe favorable de la Fiscalía, el TSJIB mantiene en vigor el decreto del chárter hasta que se dicte sentencia sobre el recurso principal.